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Exención de IMPAC por ingresos menores a 4,000,000 en
2006.
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Los contribuyentes deberán cumplir con las obligaciones formales
previstas en la Ley del Impuesto al Activo, debiendo calcular en la
declaración del ejercicio el impuesto que les hubiera correspondido en
el mismo de no haber estado exceptuados del pago, anotando “cero” en el
renglón a pagar.
Cabe señalar que para aplicar el decreto es necesario cumplir con otras
disposiciones fiscales, mismas que mencionamos a continuación.
Art. 25 CFF Aviso para aplicar estímulos fiscales
Los contribuyentes podrán acreditar el importe de los estímulos fiscales
a que tengan derecho, contra las cantidades que estén obligados a pagar,
siempre que presenten aviso ante las autoridades competentes.
a) Tengan a su cargo créditos fiscales firmes.
b) Tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no
se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas. La excepción se da cuando tengan celebrado convenio de pago diferido o en parcialidades.
c) No se encuentren inscritos en el RFC.
d) Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración,
provisional o no, y con independencia de que en la misma resulte o no
cantidad pagar, ésta no haya sido presentada. No es aplicable tratándose
de omisión en la presentación de declaraciones que sean exclusivamente
informativas.
Los particulares contarán con un plazo de quince días para corregir su
situación fiscal, a partir del día siguiente a aquél en que la autoridad
les notifique la irregularidad detectada.
RM 2.9.16 Contribuyentes relevados de presentar el aviso para aplicar
estimulo de IMPAC
En la reglas misceláneas se señala que
los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal en el IMPAC,
estarán relevados de presentar el aviso ante las autoridades competentes
en materia de estímulos fiscales, en este caso la regla debería cambiar
para hacer referencia al nuevo articulo 16 fracción II de la ley de
Ingresos y facilidades en lo referente al articulo 32-D del Código
Fiscal y tener derecho al estimulo sin tantas condicionantes lo cual
creemos es la intención del legislador. |

