3° REUNIÓN DE SÍNDICOS 2004
 

Siendo las 5.00 de la tarde del día 3 de septiembre del 2004 en las instalaciones del hotel sede de la tercera reunión trimestral de la federación nacional, se iniciaron los trabajos de la comisión nacional de síndicos bajo el siguiente orden del día.

 

  1. presentación de los asistentes. en este punto cabe recalcar la poca asistencia de síndicos de colegios, ya que solo estuvieron presentes 21 síndicos de 12 colegios, y como siempre los invitados pasan a llenar esta comisión, sin que a la fecha haya continuidad en los trabajos. es importante resaltar que solo 3 síndicos regionales estuvieron presentes en esta tercera reunión, por lo que se hace una seria noción al cumplimiento de las obligaciones adquiridas por parte de los síndicos, así como de los regionales.
  2. palabras de bienvenida por parte del contador isaías alipio sindico regional y anfitrión de esta tercera reunión.
  3. se solicito la presentación de propuestas de los síndicos asistentes en los formatos previamente establecidos a la cual solo el colegio de lic. en cont. pub. de Jalisco, cumplió al presentar 4 propuestas, siendo aceptadas solo 3 y desechada 1 por ser problemática local.
  4. se formaron tres mesas de discusión y análisis para la el desarrollo de las propuestas mismas que quedan de la siguiente manera.
  5. en síndicos regionales se vuelve a considerar la importancia de la asistencia a las reuniones trimestrales para dar seguimiento a las propuestas presentadas, así como el cumplimiento de los síndicos ante la autoridad, también como solicitar a los colegios envíen en forma urgente la lista de síndicos  con nombre, domicilio, correo electrónico, teléfono para poder contar con un padrón actualizado, teniendo en cuenta que el funcionamiento de esta comisión depende en gran parte de la colaboración de los colegios.
  6. en puntos varios el c. p. c. pedro a. covarrubias Sandoval sindico de pto. Vallarta presenta por escrito ante esta comisión solicitud para que algunas veces que no es posible la asistencia de los síndicos por diferentes razones, pero que se puede trabajar en su localidad, cumpliendo con las demás obligaciones, presentación de las propuestas en su localidad, que hagan propuestas a la federación vía correo, y retroalimenten con las contestaciones  se les otorgue puntos para el cumplimiento de la norma.

 

A t e n t a m e n t e

 

 

PROPUESTA 1

 

ANTECEDENTES:

La problemática que enfrentan las personas físicas, al presentar su inscripción a través del formato r1, para la obtención de la cedula de identificación fiscal se enfrenta a un tiempo prolongado para su obtención, por lo que nos referimos a los siguientes

 

HECHOS:

Una vez presentado el tramite inscripción respectivo, el SAT manda hacer la verificación domiciliaria, posteriormente la emite y entrega en el modulo respectivo, pudiendo pasar un tiempo mayor al siguiente día hábil, esto ocurre en los casos en que el domicilio del comprobante y la identificación no son el mismo, por lo que nos remitimos al siguiente

 

FUNDAMENTO LEGAL:

Él Articulo 27 del c. f. f. nos obliga a inscribirnos en un plazo no mayor a 30 días, sin que se haga mención a reglas de carácter general, ya que en su párrafo 12 de dicho articulo, así como el ART.16 del reglamento, nos menciona las características de la cedula pero no los requisitos para obtenerlas, y la regla 2.3.1. facción III y VII de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente al 2004  por lo que nos remitimos a la siguiente:

 

PROPUESTA DE SOLUCIÓN:

Si se reúnen los requisitos mencionados en el fundamento anterior, se proceda al cumplimiento de la misma, procediendo a entregar la cedula del día siguiente hábil.

 

 

PROPUESTA No. 2

ANTECEDENTES:  Recientemente, el SAT esta enviando cartas invitación a los contribuyentes  solicitando se presente la declaración anual de CLIENTES Y PROVEEDORES con los que se haya tenido operaciones superiores a $ 50,000.00, por el ejercicio que termino al 31 de Diciembre de 2003, por lo que nos remitimos a los siguientes:
 

 HECHOS: Si bien la autoridad tiene o se reserva el derecho de solicitar información a los particulares a través de requerimientos formales en estricto apego a la legislación correspondiente, por que razón en estas cartas invitación pone la leyenda de que el incumplimiento a esta solicitud podrá dar origen a que esta autoridad pueda EJERCER EL INICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN, y a aquí nos preguntamos cuales ( LAS DEL ART. 42 DEL C.F.F.,  REVISIÓN DE GABINETE, VISITA DOMICILIARIA, EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES, ETC.),  por lo que creemos que si es una carta invitación no debe traer esta amenaza  ya que no es un requerimiento formal, por lo que nos remitimos al siguiente:
 

 FUNDAMENTO LEGAL: ART. 38 FRACC. III C.F.F. Y ART. 86 FRACC. VIII LISR., por lo que nos remitimos a la siguiente:
 

 PROPUESTA DE SOLUCIÓN: Que la Autoridad Hacendaría no se extralimite en sus funciones de fiscalización apoyados en la carta invitación, que carecen de fundamento legal las amenazas implícitas en el texto; porque son violatorias al Articulo 14 y 16 Constitucional. Por lo tanto la sugerencia es quitar del texto de dicha carta invitación la leyenda que exige el cumplimiento coercitivo en caso de no acatar su demanda.  
 

 PROPUESTA No. 3
 

ANTECEDENTES:  Es ahora común que después de presentadas las declaraciones anuales y más aun los dictámenes, los contribuyentes estén volteando a ver sus saldos a favor como los del IVA y por ende solicitar las devoluciones correspondientes, pero la autoridad en ese sentido dio marcha atrás a las peticiones de devoluciones y están poniendo trabas además de jurídicas también de forma, como los demostramos con los siguientes: 
 

HECHOS: Al querer solicitar el saldo a favor con declaratoria de C.P.R. ahora el SAT esta exigiendo que primero las citas no se den a mas de un tramite, y como son doce toda vez que a alguien se le ocurrió que las declaraciones del IVA fueran  mensuales, pues hay que tomar doce citas pero no  el mismo día porque quien sabe quien dijo que así no son las reglas!  Y que internamente les rechaza él tramite, todavía mas ya cambiaron el texto de las declaratorias, pues ahora quieren que se anexe además del pago correspondiente, que se asiente en el texto la fecha de la operación así como obvio el importe solicitado, y por ende doce declaratorias que corresponden a un ejercicio, pero si pueden ir personas a solicitar ficha a la recaudadora y establecer tres tramites por persona, y ahí no son rechazadas las solicitudes, que curioso como saben si fue por tramite directo o por cita, y esto indica que las personas correctas que establecen la cita son de segunda categoría puesto que los que asisten sin cita tienen mas derecho por no establecer la famosa cita y además de que se  restringe el horario en la administración local de asistencia al contribuyente para la recepción de tramites en concreto las devoluciones y compensaciones para lo cual nos remitimos al siguiente:
 

 FUNDAMENTO LEGAL:  Art. 33 frac. II 2º. párrafo C.F.F., en ningún momento este ordenamiento nos establece la disposición  del SAT de solo atender por citas y tampoco de dar cierto numero de tramites a las citas e imponer un numero a los no citados, ni el reglamento ni la miscelánea, es mas ni el reglamento interno del SAT menciona que ninguno de estos supuestos, por lo que la autoridad cada vez mas complica el que el contribuyente cumpla de manera oportuna con sus obligaciones fiscales por lo que se da  la siguiente:
 

 PROPUESTA DE SOLUCION:  Se corrija de inmediato que él tramite por citas sea como si fuera de forma directa el contribuyente, es decir que los tramites sean recibidos en su totalidad por quien los presenta y además no se exija el cambio del texto de la declaratoria ya que esta fue emitida de forma anual y no mensual como se pretende establecer en el cambio.