Siendo las 5.00 de la
tarde del día 3 de septiembre del 2004 en las instalaciones del
hotel sede de la tercera reunión trimestral de la federación
nacional, se iniciaron los trabajos de la comisión nacional de
síndicos bajo el siguiente orden del día.
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presentación de
los asistentes. en este punto cabe recalcar la poca asistencia
de síndicos de colegios, ya que solo estuvieron presentes 21
síndicos de 12 colegios, y como siempre los invitados pasan a
llenar esta comisión, sin que a la fecha haya continuidad en los
trabajos. es importante resaltar que solo 3 síndicos regionales
estuvieron presentes en esta tercera reunión, por lo que se hace
una seria noción al cumplimiento de las obligaciones adquiridas
por parte de los síndicos, así como de los regionales.
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palabras de
bienvenida por parte del contador isaías alipio sindico regional
y anfitrión de esta tercera reunión.
-
se solicito la
presentación de propuestas de los síndicos asistentes en los
formatos previamente establecidos a la cual solo el colegio de
lic. en cont.
pub. de
Jalisco, cumplió al presentar 4 propuestas, siendo aceptadas
solo 3 y desechada 1 por ser problemática local.
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se formaron tres
mesas de discusión y análisis para la el desarrollo de las
propuestas mismas que quedan de la siguiente manera.
-
en síndicos
regionales se vuelve a considerar la importancia de la
asistencia a las reuniones trimestrales para dar seguimiento a
las propuestas presentadas, así como el cumplimiento de los
síndicos ante la autoridad, también como solicitar a los
colegios envíen en forma urgente la lista de síndicos con
nombre, domicilio, correo electrónico, teléfono para poder
contar con un padrón actualizado, teniendo en cuenta que el
funcionamiento de esta comisión depende en gran parte de la
colaboración de los colegios.
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en puntos varios
el c. p. c. pedro a. covarrubias Sandoval sindico de pto.
Vallarta presenta por escrito ante esta comisión solicitud para
que algunas veces que no es posible la asistencia de los
síndicos por diferentes razones, pero que se puede trabajar en
su localidad, cumpliendo con las demás obligaciones,
presentación de las propuestas en su localidad, que hagan
propuestas a la federación vía correo, y retroalimenten con las
contestaciones se les otorgue puntos para el cumplimiento de la
norma.
A t e n t a m e n t e
PROPUESTA 1
ANTECEDENTES:
La problemática que
enfrentan las personas físicas, al presentar su inscripción a través
del formato r1, para la obtención de la cedula de identificación
fiscal se enfrenta a un tiempo prolongado para su obtención, por lo
que nos referimos a los siguientes
HECHOS:
Una vez presentado el
tramite inscripción respectivo, el SAT manda hacer la verificación
domiciliaria, posteriormente la emite y entrega en el modulo
respectivo, pudiendo pasar un tiempo mayor al siguiente día hábil,
esto ocurre en los casos en que el domicilio del comprobante y la
identificación no son el mismo, por lo que nos remitimos al
siguiente
FUNDAMENTO LEGAL:
Él Articulo 27 del c.
f. f. nos obliga a inscribirnos en un plazo no mayor a 30 días, sin
que se haga mención a reglas de carácter general, ya que en su
párrafo 12 de dicho articulo, así como el ART.16 del reglamento, nos
menciona las características de la cedula pero no los requisitos
para obtenerlas, y la regla 2.3.1. facción III y VII de la
Resolución Miscelánea Fiscal vigente al 2004 por lo que nos
remitimos a la siguiente:
PROPUESTA DE SOLUCIÓN:
Si se reúnen los
requisitos mencionados en el fundamento anterior, se proceda al
cumplimiento de la misma, procediendo a entregar la cedula del día
siguiente hábil.
PROPUESTA No. 2
ANTECEDENTES:
Recientemente, el SAT esta enviando cartas invitación a los
contribuyentes solicitando se presente la declaración anual de
CLIENTES Y PROVEEDORES con los que se haya tenido operaciones
superiores a $ 50,000.00, por el ejercicio que termino al 31 de
Diciembre de 2003, por lo que nos remitimos a los siguientes:
HECHOS:
Si bien la autoridad tiene o se reserva el derecho de solicitar
información a los particulares a través de requerimientos formales
en estricto apego a la legislación correspondiente, por que razón en
estas cartas invitación pone la leyenda de que el incumplimiento a
esta solicitud podrá dar origen a que esta autoridad pueda EJERCER
EL INICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN, y a aquí nos
preguntamos cuales ( LAS DEL ART. 42 DEL C.F.F., REVISIÓN DE
GABINETE, VISITA DOMICILIARIA, EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES, ETC.),
por lo que creemos que si es una carta invitación no debe traer esta
amenaza ya que no es un requerimiento formal, por lo que nos
remitimos al siguiente:
FUNDAMENTO
LEGAL:
ART. 38 FRACC. III C.F.F. Y ART. 86 FRACC.
VIII LISR., por lo que
nos remitimos a la siguiente:
PROPUESTA
DE SOLUCIÓN:
Que la Autoridad Hacendaría no se extralimite en sus funciones de
fiscalización apoyados en la carta invitación, que carecen de
fundamento legal las amenazas implícitas en el texto; porque son
violatorias al Articulo 14 y 16 Constitucional. Por lo tanto la
sugerencia es quitar del texto de dicha carta invitación la leyenda
que exige el cumplimiento coercitivo en caso de no acatar su
demanda.
PROPUESTA
No. 3
ANTECEDENTES:
Es ahora común que después de presentadas las declaraciones anuales
y más aun los dictámenes, los contribuyentes estén volteando a ver
sus saldos a favor como los del IVA y por ende solicitar las
devoluciones correspondientes, pero la autoridad en ese sentido dio
marcha atrás a las peticiones de devoluciones y están poniendo
trabas además de jurídicas también de forma, como los demostramos
con los siguientes:
HECHOS:
Al querer solicitar el saldo a favor con declaratoria de C.P.R.
ahora el SAT esta exigiendo que primero las citas no se den a mas de
un tramite, y como son doce toda vez que a alguien se le ocurrió que
las declaraciones del IVA fueran mensuales, pues hay que tomar
doce citas pero no el mismo día porque quien sabe quien dijo
que así no son las reglas! Y que internamente les rechaza él
tramite, todavía mas ya cambiaron el texto de las declaratorias,
pues ahora quieren que se anexe además del pago correspondiente, que
se asiente en el texto la fecha de la operación así como obvio el
importe solicitado, y por ende doce declaratorias que corresponden a
un ejercicio, pero si pueden ir personas a solicitar ficha a la
recaudadora y establecer tres tramites por persona, y ahí no son
rechazadas las solicitudes, que curioso como saben si fue por
tramite directo o por cita, y esto indica que las personas correctas
que establecen la cita son de segunda categoría puesto que los que
asisten sin cita tienen mas derecho por no establecer la famosa cita
y además de que se restringe el horario en la administración
local de asistencia al contribuyente para la recepción de tramites
en concreto las devoluciones y compensaciones para lo cual nos
remitimos al siguiente:
FUNDAMENTO
LEGAL:
Art. 33 frac. II 2º. párrafo C.F.F., en ningún momento este
ordenamiento nos establece la disposición del SAT de solo
atender por citas y tampoco de dar cierto numero de tramites a las
citas e imponer un numero a los no citados, ni el reglamento ni la
miscelánea, es mas ni el reglamento interno del SAT menciona que
ninguno de estos supuestos, por lo que la autoridad cada vez mas
complica el que el contribuyente cumpla de manera oportuna con sus
obligaciones fiscales por lo que se da la siguiente:
PROPUESTA
DE SOLUCION:
Se corrija de inmediato que él tramite por citas sea como si fuera
de forma directa el contribuyente, es decir que los tramites sean
recibidos en su totalidad por quien los presenta y además no se
exija el cambio del texto de la declaratoria ya que esta fue emitida
de forma anual y no mensual como se pretende establecer en el
cambio.